México atiende el llamado internacional para diseñar políticas de acceso a servicios sin discriminación.
Atendiendo a lo estipulado en los artículos 1º y 4º constitucionales, donde se establece que todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, publicamos el Protocolo para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica de las Personas Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual (LGBTTTI).
El objetivo general del protocolo, en el que participaron autoridades gubernamentales, expertos en derechos humanos, servicios médicos, miembros de la sociedad civil y de la academia, es contribuir a garantizar el acceso efectivo y sin discriminación a los servicios de salud, a través del establecimiento de criterios orientadores y acciones específicas. Incluye guías de atención específicas para cada una de las poblaciones que integra la comunidad LGBTTTI, así como para niños, niñas y adolescentes.
El protocolo, además, busca orientar a titulares y directivos del Sistema Nacional de Salud sobre las políticas que deberán establecer para evitar la discriminación, así como fomentar una cultura de respeto a los derechos humanos de las personas LGBTTTI por parte del personal que labora en los servicios de salud.
La publicación de este protocolo y sus guías se circunscribe a lo establecido en la meta “México en Paz” del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018, donde se busca garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, generar condiciones de igualdad y evitar la discriminación de personas o grupos.
Consulta el protocolo en este enlace: http://bit.ly/2s0PM9r